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Presenta Secretaría de Movilidad modificaciones a la normativa para el transporte público y mercantil
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Presenta Secretaría de Movilidad modificaciones a la normativa para el transporte público y mercantil
27 Enero 2020

-La sanción por conducir unidades irregulares es de ocho meses a seis años de prisión y una multa de 100 a 500 UMAS

- A partir del 13 de febrero, dará inicio la revista vehicular para verificar que los concesionarios cumplan con la Ley

CIUDAD DE PUEBLA, Pue.- La Secretaría de Movilidad y Transporte del Gobierno del Estado, dio a conocer una serie de modificaciones a la normativa para el transporte público y mercantil, con el propósito de sancionar a quienes manejen vehículos irregulares, además de presentar la ruta a seguir con aquellos concesionarios que no cumplan con la modernización establecida en la Ley.

En este sentido, el titular de la dependencia, Guillermo Aréchiga Santamaría, detalló que la reforma presentada por el gobernador, Miguel Barbosa Huerta, al artículo 190 BIS del Código Penal del Estado, busca penalizar a aquellos que no cuenten con la concesión o permiso correspondiente y presten el servicio de transporte público o mercantil.

La sanción es de ocho meses a seis años de prisión, y una multa de 100 a 500 Unidades de Medida y Actualización (UMAS), misma que también se impondrá al propietario del medio de transporte que realice, contrate o permita la prestación de estos servicios. Además, se realizará la cancelación de la licencia de manejo hasta por cinco años, así como el decomiso del vehículo utilizado.

Por lo anterior, si la falta es cometida o interviene en esta de cualquier forma el representante, socio o líder de una persona jurídica colectiva concesionaria o permisionaria del servicio de transporte público, las penas se aumentarán de una a dos terceras partes. Asimismo, se impondrá la revocación o cancelación de las concesiones, permisos y autorizaciones para prestar dicho servicio que hayan sido otorgadas por la autoridad estatal.

En otro tema, Aréchiga Santamaría dio a conocer el nuevo tabulador de multas en materia del servicio público de transporte y mercantil, que fue publicado por el Periódico Oficial del Estado el pasado 23 de enero del año en curso. En este, dijo, se contemplan una serie de infracciones que van hasta los 43 mil pesos para unidades falsas.

Aunado a lo anterior, el funcionario expuso la ruta a seguir con aquellos concesionarios que no cumplan con lo previsto en los artículos 37 y 70 de Ley del Transporte estatal, que establecen que toda unidad deberá contar con un sistema de posicionamiento global GPS, cámara de video vigilancia, botón de pánico vinculado a los sistemas de seguridad pública; y que no podrá exceder, para el caso de las rutas urbanas, de 10 años de antigüedad y para las suburbanas de 12 años.

Aréchiga Santamaría anunció que, a partir del 13 de febrero de 2020, dará inicio la revista vehicular para verificar que los concesionarios cumplan con la Ley, caso contrario, la unidad será retenida y se dará inicio al Procedimiento Administrativo de Revocación de Concesión, previsto en los artículos 102 y 103 del Reglamento de la Ley del Transporte para el Estado.

De esta manera, la Secretaría de Movilidad y Transporte notificará por escrito al concesionario, los motivos de revocación en que a su juicio haya incurrido. La resolución del procedimiento será aproximadamente de 20 a 30 días hábiles.

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